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La Guardia Civil de Segovia investiga un delito de mutilación a cachorros de perro

Una camada de cachorros de caza sufrió el corte de orejas y rabo, sin prescripción veterinaria

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La Guardia Civil de Segovia investiga un delito de mutilación a cachorros de perro
Agente del Seprona con los cachorros mutilados ( G. Civil Segovia)
José Antonio Quirce
José Antonio Quirce
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Agentes del equipo del Seprona de la Guardia Civil de Segovia han intervenido en la operación Sanus Aures, durante los meses de noviembre y diciembre pasados, durante la que han detectado un presunto delito de maltrato animal hacia varios cachorros de perro destinados a actividades cinegéticas.

Durante las actuaciones, en un municipio de la provincia se localizó una caseta donde se albergaban perros de una raza habitual en las actividades de caza. Desde el exterior de la caseta, los agentes observaron comportamientos anómalos de dos personas que manipulaban un perro. Alertados por los chillidos del animal, inspeccionaron el interior del inmueble, donde localizaron a siete cachorros, de corta edad, con sangrados recientes, a los que se les habían seccionado parte de las orejas y rabos.

Tras estas gestiones y el apoyo pericial elaborado por los Servicios Veterinarios Oficiales de la Junta de Castilla y León de Segovia, se determinó que las mutilaciones se habían llevado a cabo sin la correspondiente prescripción facultativa, y por parte de personas no cualificadas para efectuar dicha intervención quirúrgica.

Tras la investigación, se procedió a la identificar al autor de los hechos y propietario de los cachorros, al que se le atribuyó la presunta autoría de un delito de maltrato animal, tipificado en el Código Penal, en concordancia con el Convenio Europeo de Estrasburgo sobre protección de animales de compañía, vigente en España desde el 1 de febrero de 2018, y por el que se prohíben realizar prácticas de otectomía (corte de orejas)y caudectomía (corte de rabo).

 Estas intervenciones quirúrgicas solo pueden ser realizadas por personal facultativo veterinario, que antes debe determinar las causas para llevarlas a cabo, y el tratamiento necesario para el restablecimiento de la salud del animal intervenido. El incumplimiento de esta normativa nacional lleva aparejadas responsabilidades penales y/o administrativas por quien ejecute estas acciones.

Al respecto, la actual ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece la prohibición de practicar a los animales todo tipo de mutilación o modificaciones corporales permanentes, sin que pueda servir de justificación un motivo funcional o estético de cualquier tipo. La que se realice por personal autorizado deberá ser acreditada mediante informe de un profesional veterinario colegiado o perteneciente a alguna administración pública, del que quedará constancia en el registro de identificación correspondiente. Se exceptúa de esta prohibición a los sistemas de identificación mediante marcaje en la oreja de gatos comunitarios y las precisas por necesidad terapéutica, para garantizar su salud o para limitar o anular su capacidad reproductiva.

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