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El Seprona de Segovia interviene cuatro carabinas a personas que las disparaban en el campo

Las denuncias se refieren a uso indebido y no poseer autorización oficial para su tenencia

El Seprona de Segovia interviene cuatro carabinas a personas que las disparaban en el campo
Las armas de aire comprimido aprehendidas por el Seprona (G. Civil Segovia)
José Antonio Quirce
José Antonio Quirce
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Una patrulla de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Comandancia de la Guardia Civil de Segovia ha sorprendido a varias personas que estaban haciendo uso de armas de aire comprimido, en un descampado no habilitado para el tiro, y sin la documentación pertinente sobre este tipo de armas.

Los agentes estaban realizando su servicio de patrulla por el paraje ‘Valdegollado’, perteneciente al barrio incorporado de Zamarramala del municipio de Segovia, cuando han presenciado cómo cinco personas estaban disparando a un blanco fijo, con carabinas,  en un descampado fuera de los lugares habilitados para ejercitar esta práctica, motivo por el que han sido denunciados.

La patrulla de Seprona ha aprehendido cuatro de las siete armas, tras comprobar que carecen de la tarjeta que documenta su tenencia legal, por lo que los portadores han sido también propuestos para sanción por la falta de la documentación.

Estas carabinas están equipadas con silenciadores, visores telescópicos, reguladores de presión y botellas de aire comprimido, así como con cargadores de gran capacidad que permiten disparar en modo semi-automático.

Las armas aprehendidas se han depositado en la Intervención de Armas de la Comandancia de la Guardia Civil de Segovia, hasta la resolución de los expedientes administrativos sancionadores iniciados por la Subdelegación del Gobierno y el Ayuntamiento de Segovia, como consecuencia de las denuncias formuladas por los agentes del Seprona.

Desde el Instituto Armado se recuerda que, tal y como establece el Reglamento de Armas, éstas solamente podrán ser utilizadas en los lugares autorizados, que son los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.

Para poder portar y usar armas accionadas por aire u otro gas comprimido, de la categoría 4ª, fuera del domicilio, es necesario obtener tarjeta de armas, que debe acompañar siempre a la misma. Estas tarjetas son concedidas por los alcaldes de los municipios de residencia de los solicitantes. Para ello deben valorar la conducta y antecedentes de los mismos, quedando su validez limitada a los respectivos términos municipales.